Datos de la consulta
- Consulta nº: 944
- Fecha: 12 de mayo de 1994
- Órgano: Dirección General de Coordinación con las Agencias Territoriales
NORMATIVA:LEY 39/1988: Art. 86.1.R.D. LEG. 1175/1990:INSTRUCCIÓN:
Regla 2ª.
TARIFAS:
Epígrafes 651.1, 653.2, 659.5 y 662.2, todos de la Sección lª.
Descripción – Tema
Concepto de comercio mixto o integrado. Clasificación del comercio al por menor de diversos artículos.
Cuestión planteada
El consultante dispone de dos locales en los que desarrolla las siguientes actividades:
Local 1: Comercio al por menor de ropa de casa, relojes, artículos damasquinados y aparatos electrónicos.
Local 2: Comercio al por menor de relojes y de aparatos electrónicos.
En base a lo anterior, el consultante desea saber si el pago de la cuota del Epígrafe 662.2 de la Sección 1ª. abarcaría dicho comercio, y de no ser así, los Epígrafes que clasificarían tales actividades.
Contestación
Trasladando lo anterior a la cuestión concreta planteada resulta que, de los datos aportados en su escrito por el consultante, el comercio que realiza en ambos locales no coincide con la descripción y contenido del Epígrafe 662.2 de la Sección 1ª de las Tarifas, según ha quedado definido en el punto 1º anterior.
En consecuencia, el consultante estará obligado a tributar, de acuerdo con la Regla 2ª de la Instrucción en las siguientes rúbricas de la Sección 1ª de las Tarifas:
– Epígrafe 651.1, que clasifica el comercio al por menor de productos textiles, confecciones para el hogar, alfombras y similares y artículos de tapicería.
– Epígrafe 659.5, que comprende el comercio al por menor de relojes.
– Epígrafe 653.2, que clasifica el comercio al por menor de material y aparatos eléctricos, electrónicos, electrodomésticos.
Local 2
– Epígrafe 659.5, para la venta al por menor de relojes y
– Epígrafe 653.2, para la venta al por menor de aparatos electrónicos.
El texto original de esta contestación reproduce la argumentación recuadrada en la consulta núm. 434 sobre descripción del Epígrafe 662.2 de la Sección 1ª de las Tarifas.
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