Datos de la consulta
- Consulta nº: V3021-16
- Fecha: 29/06/2016
- Órgano: SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas
NORMATIVA TAINSIAE RDLeg 1175/1990, Tarifas.Orden HAP /2430/2015, art. 1
Descripción de los hechos
El consultante es titular de una actividad económica de alquiler de vehículo con conductor, a través de una licencia VTC.
Cuestión planteada
Epígrafe del IAE en qué debe matricularse la actividad.
Contestación completa
Las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, aprobadas junto con la Instrucción para su aplicación por el Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, clasifican en el epígrafe 721.2 de la sección primera el «Transporte por autotaxis.»
En la nota adjunta al citado epígrafe se señala que éste comprende el transporte de viajeros en automóviles con taxímetros y otros automóviles de alquiler con conductor (taxis, gran turismo), coches de punto, etc.
Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
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