Oficina de turismo extranjera en España: Beneficios fiscales.
Datos de la consulta Consulta nº: 651 Fecha: 22 de septiembre de 1993 Órgano: Dirección General de Coordinación con las Agencias Territoriales NORMATIVA:LEY 39/1988: Arts. 79.1, 80~1, 83.1 y Disp. Trans. 3ª.R.D. LEG. 1175/1990:INSTRUCCIÓN: Regla 2ª.TARIFAS: Descripción – Tema Oficina de turismo extranjera en España: Beneficios fiscales. CUESTIÓN PLANTEADA planteada El consultante desea saber si la …