• Saltar al contenido principal
  • Skip to site footer
Actividades Económicas IAE CNAE

Actividades Económicas IAE CNAE

Conversor IAE CNAE







Generic selectors

Exact matches only

Search in title

Search in content

Post Type Selectors

CONSULTA DGT V2194-17. 22/08/2017. Clasificación epígrafe para persona física que realiza fotografía artística desarrollada de forma no lucrativa

23 de octubre de 2022 by laicomedillo

Datos de la consulta

  • Consulta nº: V2194-17
  • Fecha: 22/08/2017
  • Órgano: SG de Tributos Locales

NORMATIVA TAR/INST IAE RD Leg 1175/1990. Art 78.1 y 82.1c) TRLRHL. Reglas 4ª.1 (Instrucción), grupo 861 sección segunda (Tarifas).

Descripción de los hechos

    Persona física que realiza fotografía artística firmada por el autor, considerada obra de arte, actividad que desarrolla de forma no lucrativa.

Cuestión planteada

    Solicita información sobre el epígrafe de las Tarifas del Impuesto sobre actividades Económicas en el que debe darse de alta por la realización de dicha actividad.

Contestación completa

    1º) La Instrucción para la aplicación de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, aprobadas ambas por Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, establece en su regla 4ª apartado 1 que «Con carácter general, el pago correspondiente a una actividad faculta, exclusivamente, para el ejercicio de esa actividad, salvo que en la Ley reguladora de este Impuesto, en las Tarifas o en la presente Instrucción se disponga otra cosa».
    Las citadas Tarifas clasifican en el grupo 861 de la sección segunda la actividad realizada por «Pintores, escultores, ceramistas, artesanos, grabadores y artistas similares» dentro de la agrupación 86 donde se clasifican las «Profesiones liberales, artísticas y literarias», siendo éste el grupo en el que deberá causar alta la consultante, persona física, que realiza la actividad de fotografía artística, firmada por la autora y considerada obra de arte.
    2º) El artículo 78.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL), define el Impuesto sobre Actividades Económicas como «un tributo directo de carácter real, cuyo hecho imponible está constituido por el mero ejercicio, en territorio nacional, de actividades empresariales, profesionales o artísticas, se ejerzan o no en local determinado y se hallen o no especificadas en las tarifas del impuesto».
    El artículo 82 del TRLRHL regula las exenciones de este impuesto, estableciendo en la letra c) de su apartado 1, que están exentos del IAE, entre otros sujetos pasivos, las personas físicas.
    3º) Viniendo a complementar lo expuesto el apartado 3 del artículo 14 del Reglamento general de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, señala que «en relación con los sujetos pasivos que resulten exentos del Impuesto sobre Actividades Económicas, la presentación de las declaraciones censales reguladas en esta subsección sustituye a la presentación de las declaraciones específicas de dicho Impuesto.»
    Así, la Orden EHA/1274/2007, de 26 de abril, por la que se aprueban los modelos 036 de Declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores y 037 de Declaración censal simplificada de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores, dispone en el apartado del artículo 4:
    Artículo 4. Sujetos pasivos del Impuesto sobre Actividades Económicas.
    1. En relación con los sujetos pasivos del Impuesto sobre Actividades Económicas que resulten exentos del mismo por todas sus actividades económicas, la presentación de las declaraciones censales de alta, modificación o baja sustituye a la presentación de las declaraciones específicas de dicho Impuesto. Por tanto, y sin perjuicio de sus obligaciones censales de carácter general, identificarán a través de la declaración censal las actividades económicas que desarrollen, así como los establecimientos y locales en los que se lleven a cabo dichas actividades, y comunicarán el alta, la variación o la baja en aquéllas o en éstos».
    

Visto lo anterior, la consultante, según lo dispuesto por el artículo 82. 1.c) del TRLRHL que establece la exención en el Impuesto sobre Actividades Económicas, entre otros supuestos, de las personas físicas, estará exenta por todas las actividades que ejerza en los términos del citado artículo, no estando obligada a presentar el alta en la matrícula del Impuesto sobre Actividades Económicas (modelo 840), sin perjuicio del cumplimiento de las restantes obligaciones formales (modelos 036 o 037).

    Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Categoría: Consultas Jurisprudencia

Acerca de laicomedillo

Entrada anterior:Consulta Vinculante V1763-22. No aplicación de la exención por ingresos inferiores al millón de euros cuando el grupo de empresas lo supera.
Siguiente entrada:CONSULTA DGT V2379-17. 19/09/2017. Consideración tributaria de los parkings que utiliza para aparcar los coches que alquila

Interacciones con los lectores

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Sidebar

Epígrafes más vistos

Epígrafe E 861.1 – Alquiler de viviendas.

Epígrafe E 849.7 – Servicios de gestión administrativa.

Epígrafe E 849.5 – Servicios de mensajería, recadería y reparto y manipulación de correspondencia.

Epígrafe E 972.2 – Salones e institutos de belleza y gabinetes de estética.

Epígrafe E 654.1 – Comercio al por menor de vehículos terrestres.

Grupo E 673 – Servicios en cafés y bares, con y sin comida.

Epígrafe E 691.2 – Reparación de vehículos automóviles, bicicletas y otros vehículos.

Grupo E 844 – Servicios de publicidad, relaciones públicas y similares

Copyright Milesdewebs LLC · Todos los derechos reservados · Aviso legal
Conversor IAE CNAE, creado con datos de fuentes abiertas.