Datos de la consulta
- Consulta nº: 864
- Fecha: 23 de marzo de 1994
- Órgano: Dirección General de Coordinación con las Agencias Territoriales
NORMATIVA:LEY 39/1988: Arts. 79.1 y 80.1.R.D. LEG. 1175/1990:INSTRUCCIÓN:
Regla 2ª.
TARIFAS:
Descripción – Tema
Subagentes de seguros.
Cuestión planteada
El consultante desea saber si la actividad que ejerce, subagente de seguros, se encuentra o no sujeta al impuesto.
Contestación
Las cuestiones planteadas en la presente consulta ya han sido resueltas por la Dirección General de Coordinación con las Haciendas Territoriales en la contestación a la consulta núm. 733, que se da por reproducida.
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