Colegios oficiales de profesionales. Sujeción al impuesto y clasificación.
Datos de la consulta Consulta nº: 197 Fecha: 30 de enero de 1992 Órgano: Dirección General de Coordinación con las Agencias Territoriales NORMATIVA:LEY 39/1988: Arts. 79.1, 80.1 y 86.1.R.D. LEG. 1175/1990:INSTRUCCIÓN: Regla 2ª.TARIFAS: Grupos , y , todos ellos de la Sección 1ª. Descripción – Tema Colegios oficiales de profesionales. Sujeción al impuesto y clasificación. …