• Saltar al contenido principal
  • Skip to site footer
Actividades Económicas IAE CNAE

Actividades Económicas IAE CNAE

Conversor IAE CNAE







Generic selectors

Exact matches only

Search in title

Search in content

Post Type Selectors

CONSULTA DGT V2195-17. 22/08/2017. Clasificación epígrafe por extracción y distribución de agua desde el medio físico y tratada por terceros

23 de octubre de 2022 by laicomedillo

Datos de la consulta

  • Consulta nº: V2195-17
  • Fecha: 22/08/2017
  • Órgano: SG de Tributos Locales

NORMATIVA TAR/INST IAE, RDLeg. 1175/1990: epígrafes 161.2 y 161.4, sección primera (Tarifas); reglas 2ª, 4ª.1 y 8ª (Instrucción).

Descripción de los hechos

    La sociedad consultante realiza la gestión del suministro de agua en las siguientes fases:- Extracción o aducción del agua desde el medio físico.- Distribución del agua, tratada por terceros, hasta los puntos de distribución municipal de cada uno de los municipios que integran una concreta área metropolitana, realizando dicha actividad en alta presión.

Cuestión planteada

    Clasificación en las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas.

Contestación completa

    La regla 2ª de la Instrucción para la aplicación de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, aprobadas junto con la Instrucción para su aplicación por el Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, establece que «El mero ejercicio de cualquier actividad económica especificada en las Tarifas, así como el mero ejercicio de cualquier otra actividad de carácter empresarial, profesional o artístico no especificada en aquéllas, dará lugar a la obligación de presentar la correspondiente declaración de alta y de contribuir por este impuesto, salvo que en la presente Instrucción se disponga otra cosa».
    En el apartado 1 de la regla 4ª se señala que «Con carácter general, el pago de la cuota correspondiente a una actividad faculta, exclusivamente, para el ejercicio de esa actividad, salvo que en la Ley reguladora de este Impuesto, en las Tarifas o en la presente Instrucción se disponga otra cosa».
    Según lo anteriormente expuesto, la gestión del suministro de agua para núcleos urbanos en las fases de extracción del agua desde el medio físico y de distribución del agua, tratada por terceros, hasta los puntos de distribución municipal, actividad esta que se realiza en «alta presión», se clasifica en los siguientes epígrafes de la sección primera de las Tarifas:
    El epígrafe 161.2, «Captación de agua para su suministro», el cual, según su nota, comprende todas las tareas necesarias para extraer el agua, desde el medio natural o físico hasta su puesta a disposición o entrega para su posterior tratamiento o para su distribución.
    El epígrafe 161.4, «Distribución de agua para núcleos urbanos», que, según sus notas, comprende todas las tareas y maniobras técnicas necesarias para entregar o poner a disposición del consumidor o abonado el agua suministrada hasta el domicilio o local, así como la instalación de redes de distribución de agua.
    

La clasificación en el epígrafe 161.4 de la actividad consistente en la distribución de agua, tratada por terceros, hasta los puntos de distribución municipal, actividad esta que se realiza en «alta presión», se efectúa en virtud de lo dispuesto por la regla 8ª de la Instrucción, en la que se señala que las actividades no especificadas en las Tarifas se clasificarán, provisionalmente, en el grupo o epígrafe correspondiente a la actividad a la que por su naturaleza más se asemejen, y tributarán por la cuota asignada a ésta.

    Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Categoría: Consultas Jurisprudencia

Acerca de laicomedillo

Entrada anterior:Consulta Vinculante V1763-22. No aplicación de la exención por ingresos inferiores al millón de euros cuando el grupo de empresas lo supera.
Siguiente entrada:CONSULTA DGT V2379-17. 19/09/2017. Consideración tributaria de los parkings que utiliza para aparcar los coches que alquila

Interacciones con los lectores

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Sidebar

Epígrafes más vistos

Epígrafe E 861.1 – Alquiler de viviendas.

Epígrafe E 849.7 – Servicios de gestión administrativa.

Epígrafe E 849.5 – Servicios de mensajería, recadería y reparto y manipulación de correspondencia.

Epígrafe E 972.2 – Salones e institutos de belleza y gabinetes de estética.

Epígrafe E 654.1 – Comercio al por menor de vehículos terrestres.

Grupo E 673 – Servicios en cafés y bares, con y sin comida.

Epígrafe E 691.2 – Reparación de vehículos automóviles, bicicletas y otros vehículos.

Grupo E 844 – Servicios de publicidad, relaciones públicas y similares

Copyright Milesdewebs LLC · Todos los derechos reservados · Aviso legal
Conversor IAE CNAE, creado con datos de fuentes abiertas.